EL GOBIERNO DE CANARIAS APRUEBA UNA SUBVENCIÓN DIRIGIDA A CUBRIR EL COSTE DEL IBI DEVENGADO A 1 DE ENERO DE 2021, SOPORTADO POR LAS EMPRESAS TITULARES DE LA EXPLOTACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS TURÍSTICOS DE ALOJAMIENTOS DE CANARIAS

 

El Gobierno de Canarias ha aprobado el Decreto Ley 10/2021, de 22 de julio por el que se regula la concesión directa de subvenciones dirigidas a cubrir el coste del Impuesto de Bienes Inmuebles soportado por empresas titulares de la explotación de establecimientos turísticos de alojamientos de Canarias, afectadas por la crisis derivada de la pandemia de la COVID-19

 

BENEFICIARIOS: Las ayudas están destinadas a empresas que desarrollen actividades turísticas de alojamiento como actividad principal, inscritas como explotadoras en el registro General Turístico y que pertenezcan a alguno de los siguientes epígrafes del CNAE 2009:

5510 Hoteles y alojamientos similares

5520 Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia.

La beneficiaria de la subvención será la titular de la empresa explotadora del establecimiento, siempre que acredite que es el sujeto pasivo obligado al pago de la cuota del IBI, o, no siéndolo, está obligado contractualmente a soportarlo.

REQUISITOS

Entre otros:

CUANTÍA:

La cuantía de las subvenciones podrá ser de hasta el 100% de la cuota íntegra o en su caso, líquida, del Impuesto de Bienes Inmuebles devengado a 1 de enero de 2021, correspondiente a los establecimientos turísticos de alojamiento ubicados en Canarias, hasta el límite máximo por empresa regulado en el artículo 5.

PLAZO DE PRESENTACIÓN

 

El plazo de presentación de solicitudes será de veinticinco días naturales, iniciándose

dicho plazo el 10 de septiembre de 2021.