EL GOBIERNO DE CANARIAS APRUEBA UNA SUBVENCIÓN DIRIGIDA A CUBRIR EL COSTE DEL IBI DEVENGADO A 1 DE ENERO DE 2021, SOPORTADO POR LAS EMPRESAS TITULARES DE LA EXPLOTACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS TURÍSTICOS DE ALOJAMIENTOS DE CANARIAS
El Gobierno de Canarias ha aprobado el Decreto Ley 10/2021, de 22 de julio por el que se regula la concesión directa de subvenciones dirigidas a cubrir el coste del Impuesto de Bienes Inmuebles soportado por empresas titulares de la explotación de establecimientos turísticos de alojamientos de Canarias, afectadas por la crisis derivada de la pandemia de la COVID-19
BENEFICIARIOS: Las ayudas están destinadas a empresas que desarrollen actividades turísticas de alojamiento como actividad principal, inscritas como explotadoras en el registro General Turístico y que pertenezcan a alguno de los siguientes epígrafes del CNAE 2009:
5510 Hoteles y alojamientos similares
5520 Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia.
La beneficiaria de la subvención será la titular de la empresa explotadora del establecimiento, siempre que acredite que es el sujeto pasivo obligado al pago de la cuota del IBI, o, no siéndolo, está obligado contractualmente a soportarlo.
REQUISITOS
Entre otros:
- Estos beneficiarios deben haber experimentado una reducción del volumen de operaciones en 2020 con respecto a 2019 superior al 30 %.
- Deberán estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social con anterioridad a dictarse la propuesta de concesión.
- El abono de la subvención se efectuará tras la acreditación mediante documento de pago o demás documentos de valor probatorio equivalente del pago 2021 a la Administración tributaria local competente de la cuota íntegra o, en su caso, cuota líquida del IBI correspondiente al ejercicio.
CUANTÍA:
La cuantía de las subvenciones podrá ser de hasta el 100% de la cuota íntegra o en su caso, líquida, del Impuesto de Bienes Inmuebles devengado a 1 de enero de 2021, correspondiente a los establecimientos turísticos de alojamiento ubicados en Canarias, hasta el límite máximo por empresa regulado en el artículo 5.
PLAZO DE PRESENTACIÓN
El plazo de presentación de solicitudes será de veinticinco días naturales, iniciándose
dicho plazo el 10 de septiembre de 2021.